Se inició como líder sindical en 1938 como Presidente del Club Deportivo Lavaderos de Oro.
En 1944 fue elegido presidente de la Asociación de Trabajadores de la Dirección de Abastecimiento y Petróleo. Luego, en 1951, fue Presidente de la Asociación de Almacenes Reguladores del Comisariato, cargo que lo vinculó al frente gremial que habría de ser el principal escenario de su liderazgo social.
En 1953 fue designado director de la Asociación de Empleados de la Superintendencia de Abastecimientos y Precios, al año siguiente fue delegado ante la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) y en 1957 se incorpora a la directiva nacional de esta organización.
En 1960 asumió la vice presidencia de la Asociación Nacional de Empleados de DIRINCO y, tres años más tarde, asumió la Presidencia Nacional de la ANEF cargo para el que fue reelegido en 1967 y 1970.
En 1971 se realizó en Cartagena, el II Congreso de la Confederación Latinoamericana de Trabajadores del Estado (CLATE) torneo que presidió y en el cual fue elegido vice-presidente de CLATE.
En 1975, en pleno gobierno militar, fundó el Grupo de los Diez desde cuya vice presidencia desplegó una intensa actividad.
En 1981 fundó la Unión Democrática de Trabajadores ocupando la vice presidencia.
Su asesinato
El móvil de estos hechos no fue el robo ya que se encontraron en su poder especies de valor. La víctima sufría seguimientos previos, en los que aparecen comprometidos agentes de los servicios de seguridad, específicamente miembros de la Secretaría Nacional de los Gremios y la CNI.
Con posterioridad a los hechos se realizaron diversas maniobras destinadas a encubrir el crimen y entorpecer la labor de los investigadores. Incluso un individuo confesó por escrito ser el autor del crimen para luego suicidarse, demostrándose posteriormente en el proceso que había sido asesinado y que la confesión era falsa.
La Comisión ha adquirido la convicción de que se trató de un crimen cometido por motivaciones políticas en violación de los derechos humanos de Tucapel Jimenez. Aunque no puede afirmar categóricamente que la ejecución de este crimen fue obra de agentes del Estado, ponderados todos los antecedentes estima en conciencia que está comprometida en su muerte la responsabilidad del Estado por cuanto, si no fueron agentes del Estado los hechores, éstos contaron al menos con el amparo del Estado.