Bienvenida

Somos la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Empresas Lácteas y de los Alimentos de Chile, FENATRAL, fundada el 21 de marzo de 1988.
Federación abierta que agrupa Sindicatos de Soprole, Prolesur, Comercial Santa Elena, Quillayes-Peteroa, Lácteos del Sur, Diana Naturals, Lácteos Kumey, Recex y recientemente Sindicato de empresa Elabal y al día de hoy, congregamos sobre los dos mil trabajadores.
Estamos afiliados a la Confederación del Alimento de Chile, Confedach, y a través de ella a la Central Unitaria de Trabajadores, CUT y a la Unión Internacional de Trabajadores del Alimento, U I T A.
Los invitamos a participar en este proyecto, compartiendo información, navegando en los temas expuestos, enviando sus comentarios, aportes y críticas, e invitando a otras organizaciones y amigos a visitar y a enlazar esta página.
Una Página Web de Verdad vale más que 100 mentirosos canales de Tv

jueves, 10 de octubre de 2024

10 de octubre: Día Mundial de la Salud Mental

Como ha sido habitual para FENATRAL, a través de este Blog, nuestra Federación mantiene y comparte informaciones importantes para nuestros Sindicatos, sus socios y trabajadores en general, por ello debemos dar a conocer que hoy conmemoramos el Día Mundial de la Salud Mental, que se celebra el 10 de octubre de cada año con el objetivo de crear conciencia sobre los problemas de salud mental en todo el mundo y movilizar esfuerzos en apoyo de la salud mental, es además una oportunidad para reflexionar sobre nuestro bienestar emocional y la importancia de cuidarnos integralmente, que es una de nuestras principales motivaciones para compartir antecedentes que ayuden en la información y formación de los dirigentes y sus socios. 

Para la Organización Panamericana de la Salud, OPS, dependiente de la Organización Mundial de la Slud, el tema de este año es “Es tiempo de priorizar la salud mental en el lugar de trabajo”.

Los entornos de trabajo seguros y saludables pueden actuar como un factor protector para la salud mental. Las condiciones insalubres, como el estigma, la discriminación y la exposición a riesgos como el acoso y otras malas condiciones de trabajo, pueden plantear riesgos importantes que afecten la salud mental, la calidad de vida en general y, en consecuencia, la participación o la productividad en el trabajo.

Y tal como lo considera la OIT en el preambulo del Convenio 190, -Convenio adoptado por Chile e implementado a partir del 12 de junio 2024-, se reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo afectan a la salud psicológica, física y sexual de las personas, a su dignidad, y a su entorno familiar y social.


Es así como CCAF Los Andes, dentro de su línea habitual de apoyar a los trabajadores afiliados, programó e invitó a muchos dirigentes sindicales a asistir un interesante conversatorio ”El trabajo más importante es tu salud mental” con la participación de cuatro expertos en el tema, Marco Antonio de la Parra, sociólogo y dramaturgo, Valentina García-Huidobro, psicóloga, Romina Capetillo, experta en Educación Financiera, y el doctor Manuel Acuña, médico cirujano, diplomado en medicina integrativa.
Coincidentemente ellos dejaron en los asistentes el claro mensaje de entender y administrar las diferentes fuentes de información, como distintas redes sociales, hoy muy en boga, o como los canales de televisión con su insistencia en entregar datos, y para ello nos instan a detenernos a pensar y analizar basados en nuestro propio conocimiento. 


FENATRAL, junto con agradecer la invitación de Caja Los Andes, resalta la participación de un gran número de dirigentes y a través de este blog, hace un llamado a mantener este nivel de participación y compartir los diferentes eventos a los que se nos invita a lo largo de nuestro país. Tareas -presenciales o virtuales- que una vez cumplidas, habitualmente se reconoce que son muy gratas y mejor valoradas. Además que nos van ayudando a mejorar nuestro quehacer sindical y social, muy complementada con temas tratados en este Blog, como Ley Karin o Salud y Seguridad Laboral.

Este conversatorio, como muchos otros a los que hemos sido invitados, recordando el Finan Fest 2023, también fue muy didáctico y motivador, puesto que se le dió una real importancia y claridad primordialmente a las instancias programadas para ser muy bien abordadas por los excelentes profesionales participantes del conversatorio. FENATRAL complementando lo expuesto, destaca algunas de las páginas web con mayor información, las que invitamos a visitar:
https://genias.cl/pages/romina-capetillo-como-gestionar-tus-finanzas
https://www.aprendizajeemocional.com/
https://revistanos.cl/dr-manuel-acuna-nuestro-estilo-de-vida-nos-esta-enfermando/
https://es.wikipedia.org/wiki/Marco_Antonio_de_la_Parra

Mención especial tuvo la participación del humorista León Murillo, https://leonmurillo.cl/.
Por su lado, FENATRAL a través de este blog nos deja de tarea, analizar y comentar la diferencia que existe en dos categorías de stress:  eustrés y distrés. 


“El éxito no es la clave de la felicidad. La felicidad es la clave del éxito. 
Si amas lo que haces, tendrás éxito.” 
 Albert Schweitzer

viernes, 30 de agosto de 2024

Día Internacional del Detenido Desaparecido

Para FENATRAL es de mucho orgullo poder compartir entre sus dirigentes, socios y trabajadores en general esta interesante publicación de nuestra Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, UITA, a la que se puede tener acceso en el siguiente enlace: https://www.rel-uita.org/mundo/por-verdad-y-justicia-la-lucha-continua/

Mundo | DDHH | DESAPARECIDOS

30 de agosto
Por verdad y justicia,
la lucha continúa


En 1981 se instituía el Día Internacional del Detenido Desaparecido, en memoria de las decenas de miles de personas secuestradas y asesinadas por razones políticas. La iniciativa había sido presentada ese mismo año por la recién creada Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Fedefam).

Tiempo más tarde la hicieron suya organizaciones del mismo tipo de Asia, África y Europa y desde 2010 también Naciones Unidas instó a conmemorar el día.

La ONU estaba trabajando desde cinco años atrás en una “Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas contra de la Desaparición Forzada” que acabaría siendo adoptada a fines de ese mismo 2010.

Una de las disposiciones centrales de ese texto es que declara a la desaparición política como un delito de lesa humanidad e imprescriptible.

Otra es que responsabiliza a los estados de lo sucedido con los desaparecidos, su búsqueda, la investigación de los hechos, la reparación a sus familiares y la adopción de leyes para castigar y prevenir ese delito.

En un comunicado publicado el viernes pasado, Fedefam reconoció que en los 43 años transcurridos desde aquel 1981 ha habido “sustanciales logros, pero también retrocesos que entre todos se debe revertir”.

Entre los logros destacó los avances registrados en la sanción de esos delitos en algunos países de la región y el montaje de un cierto andamiaje estatal.

En el lado negativo de la balanza ubica la permanencia de niveles de impunidad, variables según los casos, pero constatables incluso en algunos de los países donde más avances se habían producido, como Argentina, en pleno proceso de revisionismo desde la asunción del gobierno del ultraderechista Javier Milei.

“Una de las consecuencias que genera la continuidad de este crimen es no lograr llevar a juicio a sus responsables materiales e intelectuales, entre ellos, militares, paramilitares, policías, agentes de seguridad e inteligencia, civiles, empresarios, jueces”, señaló Fedefam.

La metodología de la desaparición forzada sigue siendo además utilizada en la región, como se lo ha visto y se lo ve fundamentalmente en México, pero también en otros países.

Hoy hay en América Latina miles de personas que desaparecen, no solo como consecuencia de represión política. De esas “nuevas” desapariciones (de migrantes, de víctimas de trata) también se ha ocupado y se ocupará la Rel UITA.

                                          Gerardo Iglesias,  30.8.2024

FENATRAL a traves de este blog, hace un llamado a sus seguidores a indagar y compartir  mayor información referente al tema publicado, más aún considerando que en Chile también se conmemora esta lamentable fecha.

 

Es así como en Archivo Nacional existe interesante publicación en: 30 de agosto en Chile "Día Internacional de los/as detenidos desaparecidos y desaparecidas".
Por su parte las Naciones Unidas, como es habitual, informa antecedentes mundiales bajo el título: Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas


martes, 6 de agosto de 2024

Ley Karin, 21643

Como es habitual para nuestros dirigentes de la Federación Nacional de Trabajadores Lacteos y de la Alimentación, FENATRAL, a través de este blog, estamos siempre atentos a compartir información relevante para su gestión, y más aún cuando ella es de mucha utilidad para sus socios y trabajadores en general, es así como en esta ocasión destacamos la nueva ley 21.643, Ley Karin, que refuerza aspectos que menciona el Código del Trabajo y la ley de Seguridad en el Trabajo.

Aparte de reforzar el Código del Trabajo, que regula las prestaciones laborales de la gran mayoría de trabajadores chilenos, la ley Karín también contempla proteger a los funcionarios públicos, modificando las leyes 18575, Bases Generales de la Administración del Estado y 18834, Estatuto Administrativo.  Los funcionarios municipales también se ven favorecidos porque la ley 21.643, ley Karin, considera además reforzar la ley 18.883, que aprueba y regula el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.

Karin Salgado fue una técnica en enfermería, de 40 años, que se quitó la vida en noviembre de 2019 tras sufrir acoso laboral en el Hospital Herminda Martin de Chillán, donde trabajaba, que le desencadenó una profunda depresión para la que nunca recibió el apoyo o la asistencia psicológica necesaria.

El caso de Karin Salgado, marcado por acoso laboral, evidenció las fallas en el sistema de apoyo a trabajadores afectados. La Ley Karin busca evitar tragedias similares, estableciendo medidas preventivas, protocolos de actuación y sanciones para erradicar la violencia en el entorno laboral.

Este 1 de agosto, en dependencias de la Universidad Católica en Santiago, se realizó un evento para destacar la entrada en vigencia de la Ley 21.643, o más bien conocida como Ley Karin .

El 15 enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.643, que “Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo” conocida como Ley Karin.

Cabe recordar que esta ley se ajusta a la reciente ratificación del Convenio 190 de la OIT, que busca erradicar la violencia y el acoso en los espacios laborales. También es parte de una batería de medidas que se han aprobado o se están tramitando con perspectiva de género en materia laboral, como la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas, el robustecimiento de la ley “SANNA” y la ley que concilia la vida laboral, familiar y personal.

Asistió al evento el secretario de nuestra Federación, Cristián Sepúlveda Román, quien pudo interiorizarse y recoger experiencia y testimonio de las autoridades presentes, destacando la asistencia de cientos de dirigentes sindicales, autoridades de gobierno y parlamentarios.

El evento se inició con una presentación artístico/teatral invitando al espectador a reflexionar sobre espacios de trabajo discriminatorios, abusos laborales y ambientes de trabajo tóxicos, generando conciencia que una ley no genera por si sola un cambio en la cultura de las organizaciones y/o empresas, además de hacer el llamado los dirigentes sindicales a tomar protagonismo y a nuestras bases a denunciar cualquier acción que atente contra sus derechos.

Principales Beneficios
Ambiente Seguro: Garantiza un espacio laboral seguro y respetuoso
Protocolos de Prevención: Las empresas deben implementar medidas preventivas contra el acoso y la violencia.
Apoyo Psicológico: Protección y apoyo a las victimas de acoso durante todo el proceso de denuncia.
Investigación: Procedimientos de investigación claros y efectivos para asegurar justicia.

Definiciones
Acoso Sexual: Cualquier requerimiento no consentido de carácter sexual que perjudique la situación laboral.
Acoso Laboral: Conducta única o reiterada que menoscaba, humilla, maltrata o amenaza al trabajador y trabajadora.
Violencia en el Trabajo: Ejercida por terceros, afectando la relación laboral.
No Discriminación: Exclusiones arbitrarias basadas en raza, sexo, orientación sexual, entre otros.

Procedimiento ante Denuncia
Verbal o Escrita: La denuncia puede hacerse por escrito o verbalmente. Si es verbal, se debe levantar un acta firmada por el denunciante, quien recibirá una copia.
La denuncia puede presentarse al empleador o directamente a la Inspección del Trabajo.

Adopción de Medidas
Una vez recibida la denuncia, el empleador debe resguardar a los involucrados.
Específicas: Puede incluir la separación de espacios físicos, redistribución del tiempo de jornada y proporcionar atención psicológica temprana a través de las Mutualidades del Trabajo.

Investigación
Opciones: El empleador puede realizar una investigación interna de los hechos o remitir los antecedentes a la Inspección del Trabajo dentro de tres días.
Plazo de la Investigación: Debe concluirse en 30 días desde la recepción de la denuncia.
Requisitos de la Investigación Interna: Debe ser por escrito, llevada en estricta reserva y garantizar que ambas partes sean oídas. Una vez finalizada, se remitirán las conclusiones a la Inspección del Trabajo, que tiene 30 días para pronunciarse.

Sanciones
En base a las conclusiones, el empleador debe disponer y aplicar las medidas o sanciones dentro de los siguientes 15 días hábiles judiciales desde su recepción. Deben ser informadas tanto la denunciante como al denunciado.

FENATRAL, a traves de este blog, hace un llamado a todos sus dirigentes, socios y trabajadores en general a indagar más información del tema aquí expuesto, de tal manera de ayudar a hacer realidad la intención natural que tiene esta nueva y reforzada Ley Karín, lo que nos permitirá mejorar los ambientes de trabajo, proteger a los desvalidos y fundamentalmente apoyar a aquellos compañero/as afectado/as por el acoso laboral, en sus diversas formas. Obviamente es una ley que más que sancionar a los que cometen faltas intenta disminuirlas y empatizar con el/la afectado/a.  

www.leykarinparachile.cl

Enlace para acceder a documentación oficial:
Ley 21643, Ley Karin,   Prevención y Protección ISL

“Un hombre hace lo que debe, a pesar de las consecuencias personales, a pesar de los obstáculos, peligros y presiones, y eso es la base de la moral humana" 
 

Winston Churchill

martes, 25 de junio de 2024

Salud y Seguridad Laboral


Dentro de los principios que desde su fundación FENATRAL ha propiciado, obviamente está la Salud y la Seguridad en el Trabajo, con publicaciones, muchos ejemplos y gestiones de sus sindicatos afiliados a través de diferentes dirigentes a lo largo del tiempo. Lo más natural y de larga participación es de ellos en distintos períodos en los Comités Paritarios de Seguridad, apoyados por las mutualidades de seguridad, que constantemente realizan cursos de aprendizaje y capacitación, muy en especial la Asociación Chilena de Seguridad, AChS, a la cual están incorporadas la mayoría de las empresas donde tenemos sindicatos afiliados, además que en su directorio nuestra Federación tiene una representante de parte de los trabajadores.

Tal como ha sido mencionado en artículos anteriores de este Blog, son temas muy relevantes que han sido invocados en el antiguo ISTAS21, desde el 01 de Septiembre del 2013, cuya cobertura, dado la evolución de las condiciones del trabajo y mejores elementos de conocimiento han derivado al actual proceso, Protocolo de Riesgos Psicosociales CEAL-SM/SUSESO que es una medición de estos factores efectuada con instrumentos válidos, confiables y estandarizados, que por disposición legal debe ser aplicado en las empresas a partir del pasado 1° de enero 2023.

A diferencia de otros factores de riesgo en el trabajo, como el polvo, el ruido o los químicos, los factores psicosociales, si son bien gestionados, pueden ser elementos positivos tanto para trabajadores y trabajadoras como para la organización o empresa. En cambio, cuando estos factores son mal gestionados pueden afectar la salud de las personas y el funcionamiento de la organización, y entonces se les llama "factores de riesgo psicosocial en el trabajo". Es decir, los mismos factores pueden ser elementos negativos o positivos dependiendo de su gestión.

Este proceso CEAL-SM/SUSESO tiene dos partes: 
La primera parte pregunta por datos demográficos (género, edad), datos de empleo (jornada, tipo de contrato, horas trabajadas, teletrabajo, satisfacción en el trabajo), datos de salud (escala de salud mental, accidentes y enfermedades laborales, presencia de dolor corporal, licencias médicas). 
La segunda parte pregunta por los factores de riesgo psicosocial en 12 aspectos o dimensiones: carga de trabajo, exigencias emocionales, desarrollo profesional, reconocimiento y claridad de rol, conflicto de rol, calidad del liderazgo, compañerismo, inseguridad sobre las condiciones de trabajo, equilibrio entre el trabajo y la vida privada, confianza y justicia organizacional, vulnerabilidad y violencia y acoso. 
En total son 88 preguntas. Estos aspectos o dimensiones están definidas en el manual del cuestionario,
Las 12 dimensiones del cuestionario CEAL–SM/SUSESO

La participación de las organizaciones sindicales viene desde hace bastante tiempo, y se hace más notorio en aquellas empresas en que el diálogo social con todas las consultas, negociaciones o intercambio de información entre empleadores/as y trabajadore/as, con o sin gobierno, ha sido efectivo y bien empleado.  El principal objetivo del diálogo social es la promoción del consenso y de la implicación democrática de los principales actores en el mundo del trabajo y encarna el principio democrático de dar voz y participación a los afectados. Teniendo como requisito fundamental el respeto de los derechos fundamentales entre todas las partes involucradas y la voluntad y el compromiso de hacerlo así.

En el caso de los trabajadores que prestan servicios a honorarios en los centros de trabajo y que tengan una antigüedad laboral igual o superior a 6 meses deben participar de igual forma en la evaluación de los riesgos psicosociales.

Para información más precisa y detallada se puede acceder en las redes consultando el completo Manual del Metódo Cuestionario CEAL-SM., copiando el enlace.

FENATRAL se hace un deber el recalcar que los directorios sindicales son quienes deben designar a los representantes ante el CdA de mutuo acuerdo entre ellos. Si no existe acuerdo los representantes en el CdA serán de aquellos sindicatos que cuenten con mayor número de afiliados en el centro de trabajo. La característica más relevante del método CEAL-SM/SUSESO es lograr garantizar el protagonismo de los distintos agentes sociales dentro del centro de trabajo, es decir trabajadores/as, directivos/as, supervisores/as, etc. 
Es por esto que deben existir miembros tanto de los comités paritarios de higiene y seguridad y de los sindicatos en representación de los trabajadores, garantizando de esta forma el diálogo social de todas las partes de la empresa o institución.

La felicidad para mi consiste en gozar de buena salud, en dormir sin miedo y despertarme sin angustia. 
Françoise Sagan (1935-2004) Escritora francesa.

Fenatral

Fenatral