Para cada cada socio del Sindicato N° 2 de Soprole, el viernes 30 de septiembre tuvo un sabor especial, por orden del tribunal, ante una demanda por "mera certeza", se concretó el reintegro del monto descontado como imposiciones aplicado erradamente a la Asignación de Movilización recibido en el mes de marzo, de acuerdo al Contrato Colectivo vigente en el punto 7.1.
Junto a esta orden de reintegro, queda dictaminado que las Asignaciones obtenidas para marzo 2012 y el saldo para diciembre 2012, deberán ser canceladas de forma íntegra, sin impuestos ni imposiciones, como debió ser aplicado desde un comienzo, y tal como la empresa lo hace -discriminatoriamente- con otra organización sindical.
Llegar a esta solución no ha sido fácil, ante la negativa de un acuerdo directo entre los directores de nuestro sindicato afiliado, y la administración superior de la empresa, fue necesario llevarlo a instancias externas, a petición de la compañía, lo que conlleva gastos económicos, y de imagen corporativa, los que a juicio nuestro no ha sido bien evaluado. Para cada socio lo invertido en recuperar este derecho, hace sentir más propio el esfuerzo realizado, y darle mayor importancia a cada término que se negocia de manera colectiva, y que se refleja en cada Asignación recibida periódicamente. Por otro lado, es una clara demostración de la importancia de estar afiliado en organizaciones valederas, persistentes y representativas, que permiten tener la tranquilidad y confianza en lo realizado, a su vez hacemos un llamado a todo aquel trabajador que sienta que su esfuerzo por el desempeño del trabajo no es reconocido por sus superiores, y requiere contar con un respaldo sindical para que de a conocer en instancias superiores su compromiso con la compañía.
Para Fenatral, sus directores y sindicatos afiliados, siempre será gratificante que los trabajadores organizados recuperen sus derechos, realidades que se espera sean replicadas en las restantes organizaciones, y que cada trabajador sindicalizado tenga sus derechos garantizados en el tiempo, y no sujeto a dudosas interpretaciones del Código del Trabajo.
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